FSC-CCOO Canarias | 9 diciembre 2025.

Todxs con la isla de La Palma

28-09-2021
Temas

    Todxs con la isla de La Palma

    Todxs con la isla de La Palma

    La Inspección de Trabajo recomienda a Metropolitano de Tenerife la creación de un servicio propio de prevención de riesgos laborales

      11/04/2025.
      Metropolitano de Tenerife-Prevención de Riesgos Laborales

      Metropolitano de Tenerife-Prevención de Riesgos Laborales

      La Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social de Santa Cruz de Tenerife ha emitido un informe en respuesta a una denuncia presentada por la Federación de Servicios a la Ciudadanía de Comisiones Obreras Canarias (FSC-CCOO) en la que recomienda a Metropolitano de Tenerife la creación de un servicio de prevención propio. Asimismo, obliga a la empresa a investigar los accidentes de conducción. Ambas decisiones vienen a dar la razón FSC-CCOO, que lleva pidiendo esas dos actuaciones a Metropolitano desde que se inició la huelga en febrero de 2024.

      La Inspección ha requerido a la empresa actualizar su Plan de Prevención de Riesgos Laborales,asegurando su adecuación a la normativa vigente y su utilidad como herramienta de gestión. ​Le recomienda la integración preventiva mediante la designación de trabajadores o la creaciónde un Servicio de Prevención Propio, dada la complejidad de los procesos de la empresa.

      ​ El plazo para subsanar estas deficiencias es de seis meses. ​Investigación de Accidentes de Trabajo y Circulación. Asimismo, el informe advierte a la empresa sobre la obligatoriedad de investigar los accidentes laborales relacionados con la conducción de tranvías, incluyendo la participación de los delegados de prevención en dichos procesos. ​ Además, se subraya la importancia de informar a los delegados desde el momento en que se tenga conocimiento del accidente, garantizando su acceso al informe de investigación. ​

      La Inspección recalca que estas medidas son fundamentales para garantizar la seguridad y salud de los trabajadores, así como para cumplir con las obligaciones establecidas en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. ​