FSC-CCOO Canarias | 23 noviembre 2024.

Todxs con la isla de La Palma

28-09-2021

Todxs con la isla de La Palma

Todxs con la isla de La Palma

Sin obligación de Servicio Público no será efectiva la bonificación del 75%

    La Federación de Servicios a la Ciudadanía de Comisiones Obreras Canarias (FSC- CCOO) valora positivamente las conclusiones generales de la Cumbre sobre el Transporte y la Movilidad de los Territorios Extrapeninsulares celebrada recientemente en Canarias, pero insiste en la idea de que solo el establecimiento de la Obligación de Servicio Público (OSP) en los vuelos con la Península permitirá hacer efectiva la bonificación del 75% al precio de los billetes.

    30/01/2020.
    Secretario General de la FSC CCOO Canarias

    Secretario General de la FSC CCOO Canarias

    El sindicato se satisface de que el sentido común haya imperado en la cumbre, por encima de las posturas contrarias a las obligaciones de servicio público e, incluso, a la propia bonificación del 75% por entenderlas como una intervención en el mercado. Asimismo, lamenta el formato empleado en la Cumbre, con una presencia desproporcionada de las organizaciones empresariales confederales, sectoriales y de empresa frente a la exigua presencia sindical, ?a la que se apartó de las mesas de trabajo y se limitó a la participación formal de cuatro minutos en el acto inaugural?.

    Para el secretario general de FSC-CCOO, Pedro Costeras, la participación del secretario general de Comisiones Obreras Canarias, Inocencio González, en defensa de la necesidad de instaurar la OSP para garantizar las frecuencias mínimas y los precios máximos, muestra que las posiciones del sindicato no están alejadas de las conclusiones de la Cumbre, como se refleja en la declaración institucional.

    Costeras recuerda que la disyuntiva sobre establecer las Obligaciones de Servicio Público en algunas líneas o en todas no es nuevo en el contexto canario, pues la OSP en todos los trayectos ya se ha hecho en el transporte aéreo interinsular. Así, todas las líneas aéreas interinsulares, sin excepción, tienen OSP y el resultado ha sido tan positivo que, hasta la fecha, no es objeto de debate. Solo se produce intervención, adjudicar una línea para su explotación en exclusividad a una compañía o sacar a concurso, cuando el mercado no cumple por sí solo con las frecuencias mínimas fijadas en las OSP. Señala que, según la normativa vigente, corresponde al Gobierno central, determinar cuáles son las
    conexiones aéreas que deben prestarse obligatoriamente para garantizar la movilidad, lo cual implica establecer unas frecuencias mínimas y unos precios máximos. Esto se realiza con independencia de que el mercado cubra solventemente algunas o todas las frecuencias, pues la OSP nada tiene que ver con la rentabilidad de determinados trayectos. ?La teoría de que las líneas de alta ocupación no requieren OSP es un error?, señala Costeras, que se pregunta si alguien puede imaginarse lo que hubiera ocurrido con los precios de las conexiones entre Gran Canaria y Tenerife y viceversa sin la obligación de servicio público:
    ?La respuesta ya la estamos viendo con los precios de las líneas a la península que no la tienen?.

    Para Costeras es un falso debate plantear la incompatibilidad de la OSP con el Reglamento 1008/2008 de la Comisión Europea. A este respecto, señala que quien tenga dudas de cómo se compatibiliza la OSP con esta reglamentación puede acudir a las resoluciones del Consejo de Ministros de julio de 1998, de julio de 2006 y, sobre todo, de octubre de 2011, que es posterior al citado Reglamento. En todas estas resoluciones se explica cómo se compatibiliza el derecho a la movilidad de la ciudadanía canaria recogido en la Constitución Española con la Reglamentación Europea en vigor en cada momento. ?Por tanto, la fijación de OSP no es nada nuevo bajo el sol. Si hasta ahora no las hemos tenido en las conexiones aéreas con la Península y las compañías aéreas han incrementado los precios en un 25% (casualmente idéntico con el incremento de la bonificación del 50% al 75%) es porque el gobierno central nunca tuvo la voluntad política de regularlas y, lo más grave, el Gobierno de Canarias nunca las exigió?. De esta forma afirma Costeras: ?Si no hay una exigencia clara del Gobierno de Canarias para la implantación de las OSP en las conexiones aéreas con la península, el Gobierno central no las regulará, y la bonificación a la ciudadanía canaria seguirá terminando en otro lugar?.

    Asimismo, tacha de falsedad que la OSP afecte negativamente a la competencia, pues cuando el Gobierno central reguló las OSP en el transporte aéreo interinsular en 1998 solo operaba una compañía aérea. Fue después del establecimiento de la OSP y la fijación de precios máximos cuando entraron más compañías en el mercado, llegando a ser tres en la actualidad.